FARMA MIRACLE SL
Fecha Última Revisión: 27/10/2022

Le damos la bienvenida al Portal de Transparencia FARMA MIRACLE SL

A través del Portal de Transparencia de nuestra empresa podrá acceder a toda la información pública de esta entidad. Por este motivo, ponemos a disposición de la ciudadanía la información sobre nuestra entidad, el organigrama, los servicios prestados y la financiación de las Administraciones públicas que han sido recibidas. Nuestro portal se rige por la Ley Canaria 12/2014 de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública


Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno


Página comisionado de transparencia de Canarias


Ley Canaria de Transparencia

INSTITUCIONAL: INFORMACIÓN GENERAL

FARMA MRACLE, S.L., con CIF nº B-76724129, fue constituida el 23 de diciembre de 2016.
Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en la Hoja TF-58420, folio 114 del Tomo 3481, inscripción 1ª.
Su domicilio social se encuentra en calle Lisboa, CC Gran Sur nº 26, provincia de Santa Cruz de Tenerife.

ORGANIZATIVA

Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad

FARMA MIRACLE, S.L., se dedica como actividad principal al comercio al por menor de productos de droguería, perfumería.

CNAE 4775 Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimiento especializado.

Local CC Gran Sur nº26, 38660 Adeje
Local CC San Miguel n º24-25-26, 38660 Adeje
Local CC Marbella, 38660 Adeje
Local Bahia Príncipe nº8, 38660 Adeje
Local CC Rosa Center nº 26, 38660 Adeje
Local Corales Resort, 38679 Adeje
Local Siam Mall 48.62, 38660 Adeje

Organizativa

Normativa aplicable a la entidad

FARMA MIRACLE, S.L. es una sociedad mercantil que se rige por las siguientes normativas:

Sociedades de capital:
- Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544)
- Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-19099)
- Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-18651)

Transparencia:
- Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-1114)
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (https://www.boe.es/eli/es/l/2013/12/09/19/con)
- Más información en el Comisionado de Transparencia (https://transparenciacanarias.org/)

Convenio:
- Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
Estatutos de la sociedad:
- Estatutos de la sociedad

Organizativa

Organigrama

Económico-financiera

Cuentas anuales
FARMA MIRACLE, S.L. cumple con su obligación legal de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, pudiendo ser solicitadas en dicho registro.
(Enlace para la solicitud: https://www.e-registros.es/deposito-de-cuentas)

Económico-financiera

Informes de auditoría de cuentas y de fiscalización

La entidad no realiza auditoría de cuentas y de fiscalización por los órganos de control externo ya que no reúne ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital:

“Artículo 263. Auditor de cuentas.
1. Las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión deberá ser revisados por auditor de cuentas.

2. Se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.
Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.

3. En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las sociedades quedan exceptuadas de la obligación de auditarse si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en el apartado anterior.”

Contratos y convenios

Contratos y convenios formalizados con entidades públicas
No se ha suscrito ningún contrato ni convenio con las entidades públicas durante el ejercicio 2021.

Relación de ayudas y subvenciones concedidas

*Línea 2.2 COVID de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el título I del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, financiadas por el Gobierno de España

Subvencionado por: Gobierno de Canarias
Importe concedido: 115.224,81€
Colectivo beneficiario: Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupos de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y, en su caso, en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
Objetivo: Subvención destinada a paliar los daños por la situación de COVID-19.
Finalidad: Realizar pagos pendientes a proveedores y otros acreedores que estén pendientes a fecha 15/06/2021; satisfacer otras deudas financieras o no financieras pendientes a fecha 15/06/2021: incluidas deudas bancarias y las que haya contraído la empresa con socios, administradores o cualquier tercero acreedor no financiero; cubrir las pérdidas acumuladas entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021, puesto que de acuerdo con el marco Europeo de ayudas COVID denominados “costes fijos no cubiertos” coinciden, en todo caso, con las pérdidas acumuladas en el periodo subvencionable.

*Subvenciones Dirigidas al Mantenimiento de la Actividad de Personas y Trabajadores Autónomos y Pequeñas y Medianas Empresas más afectadas por la crisis derivada de la Covid-19.
Subvencionado por: Gobierno de Canarias
Importe concedido: 25.000,00€
Colectivo beneficiario: Personas y Trabajadores Autónomos y Pequeñas y Medianas Empresas
Objetivo: Mantenimiento de la Actividad
Finalidad: Apoyar los negocios y actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas como medida de protección y soporte ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y conseguir, con prontitud, la reactivación de la economía regional y el aseguramiento del mayor nivel de empleo.